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La acuicultura constituye, actualmente, un fenómeno económico, social, tecnológico y cultural de gran relevancia siendo el sector de mayor crecimiento en el campo de la producción alimentaria mundial. Tanto la FAO como la Comisión Europea confirman la tendencia de crecimiento económico de la acuicultura y le otorgan un papel trascendente entre las alternativas del sector pesquero.
El entramado normativo existente en los ordenamientos autonómicos y estatal reguladores de la acuicultura, la pluralidad de instancias administrativas que intervienen en la ordenación de esta actividad, la diversidad de títulos administrativos necesarios para la puesta en marcha de un proyecto acuícolao el simple hecho de ser una actividad que ocupa una zona litoral de dominio público, integrándose en la necesaria política de planificación litoral, son algunos de los argumentos en los que se apoya la pertinencia de un estudio jurídico de la acuicultura marina.
Prólogo
Nota preliminar
Abreviaturas
Introducción
PRIMERA PARTE
MARCO JURÍDICO Y COMPETENCIAL DE LA ACUICULTURA Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA ACUICULTURA MARINA
1. Introducción
2. La aparición de la acuicultura
2.1. Antecedentes remotos
2.2. La actividad de cría de especies marinas en la Edad Media
2.3. Los privilegios concedidos a las industrias marítimas en el Antiguo Régimen
3. Los cultivos marinos en el siglo XIX
3.1. La intervención administrativa y el desarrollo de la ostricultura
3.1.1. La importación de la experiencia francesa en acuicultura
3.1.2. El primer Reglamento de ostricultura
3.1.3. La acuicultura y el aprovechamiento de aguas marinas. La Ley de Aguas de 1866
3.2. El Reglamento de 18 de enero de 1876, sobre cría y propagación y aprovechamiento de
los de mariscos
4. La aparición de nuevos cultivos: la necesidad de su regulación
4.1. Especial referencia al cultivo de mejillón. La irrupción de las bateas
5. El marisqueo como impulso definitivo del apuntalamiento de los cultivos marinos
6. La Ley 59/1969 de Ordenación Marisquera
7. El auge de la acuicultura marina: La Ley 23/1984 de Cultivos Marinos
CAPÍTULO SEGUNDO
LA DISTRIBUCIÓN CONSTITUCIONAL DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE CULTIVOS mARINOS
1. Delimitación conceptual de la materia «acuicultura
1.1. Diferencias y analogías con otras actividades afines: pesca y marisqueo
1.2. La necesaria reformulación del concepto de acuicultura. La adopción de la acepción
«cultivos marinos» en cuanto species de la acuicultura
2. El marco de distribución competencial. Introducción
3. El dominio público marítimo-terrestre como ámbito de competencias concurrentes
4. Las competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas en materia de cultivos marinos
4.1. Etapa preautonómica
4.2. Contenido de la competencia autonómica
4.3. Asunción en los Estatutos de Autonomía de la acuicultura como competencia exclusiva
4.4. Configuración de la exclusividad competencial
5. Límites a la exclusividad. Competencias estatales in praesentia
5.1. El dominio público en cuanto título de intervención estatal
5.1.1. La Ley de Costas y su relativa incidencia en la acuicultura marina: superposición
de títulos habilitantes
5.1.2. La Sentencia del TC 9/2001, de 18 de enero, sobre la Ley 6/1993, de 11 de mayo de
Pesca de Galicia
5.1.3. La aplicación de la Ley de Costas en el dominio público portuario
6. Otros títulos competenciales que inciden en la materia de acuicultura marina
6.1. Las facultades de planificación y coordinación en acuicultura
6.1.1. La planificación y coordinación económica en la Ley de Cultivos Marinos
6.1.2. La planificación como técnica de coordinación: Los planes nacionales de cultivos
marinos
6.1.3. La Junta Nacional Asesora de Cultivos Marinos, instrumento de coordinación
6.2. Las facultades de coordinación y cooperación derivadas de la Ley de Costas
6.3. La emisión de informes como instrumento de cooperación y coordinación
7. La Ley 23/1984, de Cultivos Marinos y la pretendida supletoriedad del Derecho estatal
7.1. Vocación supletoria de la Ley estatal de Cultivos Marinos
7.2. Evolución de la doctrina constitucional en torno al artículo 149.3 CE
8. Acuicultura: la modulación de la exclusividad competencial de las Comunidades Autónomas
sobre esta materia
9. Delimitación del ámbito espacial de ejercicio de las competencias sobre marisqueo y
cultivos marinos
9.1. Planteamiento del problema
9.2. Marisqueo y cultivos marinos, actividades marinas por naturaleza. Territorio de las
Comunidades Autónomas y zonas marítimas
9.2.1. Aguas interiores
9.2.2. Mar territorial
9.2.3. Zona económica exclusiva y plataforma continental
9.3. La delimitación del ámbito espacial de ejercicio de las competencias autonómicas
marítimas. Reflexiones en torno a su posible extensión más allá de las aguas interiores
9.4. Razones que podrían avalar el ejercicio competencial autonómico en aguas exteriores
9.5. Los criterios del TC para la definición de la competencia en materia de acuicultura y
marisqueo y su ámbito de actuación más allá de las aguas interiores. En especial la STC
103/1989 sobre la Ley de Cultivos marinos y la STC 9/2001, sobre la Ley de Pesca de Galicia
10. La acuicultura en el Derecho Comunitario: la merma de las competencias autonómicas en
esta materia
10.1. Aproximación a la política acuícola comunitaria a través de la Política Común de Pesca
10.2. Objetivos del Derecho comunitario en materia de acuicultura. Los aspectos
estructurales y medioambientales de los cultivos marinos
CAPÍTULO TERCERO
ACUICULTURA Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE
1. Introducción
2. Acuicultura y biodiversidad litoral: una influencia recíproca
3. Protección ambiental versus desarrollo de la acuicultura: un equilibrio necesario
4. La protección ambiental y la acuicultura en los ordenamientos jurídicos comunitario y
español. La prevención de los efectos negativos de la acuicultura
4.1. Medidas concretas de la legislación sectorial de protección ambiental en acuicultura.
Referencias a la evaluación de su impacto ambiental
4.1.1. La normativa básica estatal sobre E.I.A.
4.1.2. La Evaluación de Impacto Ambiental a la actividad de acuicultura en las
normativas de las CCAA
4.1.3. Normativa sobre calidad de las aguas para acuicultura
4.2. La responsabilidad patrimonial del Estado: mareas rojas y mareas negras
SEGUNDA PARTE
RÉGIMEN JURÍDICO DE LA UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE PARA
EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE ACUICULTURA MARINA
CAPÍTULO cuarto
UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE Y TÍTULOS HABILITANTES PARA EL
EJERCICIO DE LA ACUICULTURA MARINA Y PARA LA OCUPACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO
1. Cuestiones previas. Los cultivos marinos en el dominio público marítimo-terrestre, sede de
explotación económica y condicionante del ejercicio y desarrollo de la acuicultura
2. El uso privativo del dominio público marítimo-terrestre y títulos habilitantes para la
acuicultura marina
3. Concurrencia de títulos administrativos: el permiso que habilita a la actividad y la
concesión o autorización demanial
3.1. Duplicidad de títulos habilitantes en algunas CCAA y en el dominio público portuario
3.2. La habilitación para la actividad de acuicultura marina
3.2.1. La regulación estatal de los permisos. La concesión y la autorización: dos
conceptos tan capitales como confusos
3.2.2. De la concepción tradicional de la autorización y reformulación de la figura
autorizatoria comprensiva de diferentes variedades
3.2.3. El nomen iuris de los títulos habilitantes: diversidad terminológica y conceptual
en la legislación autonómica
3.2.4. Un supuesto concreto: el binomio autorización-concesión en la Ley de Pesca de
Galicia
3.2.5. La autorización para cultivos marinos en los ordenamientos gallego y asturiano:
del marisqueo a los cultivos marinos. Entre el uso normal y anormal del dominio público
3.3. La habilitación para la ocupación demanial: La concesión demanial o el informe
preceptivo y vinculante
3.4. Conclusión final y presupuesto inicial: el título habilitante para la acuicultura en
el dominio público marítimo-terrestre como acto complejo
3.5. Coda: la experiencia francesa y la unidad de títulos habilitantes
4. Elementos subjetivos de los títulos habilitantes para la acuicultura marina
4.1. La Administración concedente
4.2. El solicitante. Condiciones para ser titular de un permiso de acuicultura
4.2.1. Orden de preferencia en el otorgamiento de las autorizaciones y concesiones de
acuicultura marina
4.2.2. El debilitamiento del carácter preferencial en virtud de la aparición de grandes
empresas en el sector de la acuicultura
5. Caracteres de los títulos habilitantes para la actividad de cultivos marinos:
discrecionalidad y termporalidad
5.1. Los márgenes de discrecionalidad en el otorgamiento de los títulos habilitantes para
la acuicultura marina en la zona demanial
5.2. El carácter temporal de los títulos habilitantes de acuicultura marina
5.2.1. El carácter temporal de la concesión de ocupación demanial
5.2.1.1. Prórroga de las concesiones
5.2.1.2. Sobre el carácter discrecional de la prórroga
5.2.2. Temporalidad en las autorizaciones, concesiones y permisos de actividad de
acuicultura
5.2.3. El carácter precario de la autorización
5.2.4. Plazo concesional y coordinación administrativa
CAPÍTULO QUINTO
EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES Y CONCESIONES DE CULTIVOS MARINOS
1. Introducción
2. El procedimiento de otorgamiento de concesiones conforme Al artículo 150 del Reglamento de
Costas. Su inaplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia a la luz de la STC 9/2001, de 18 de
enero
2.1. Iniciación del procedimiento
2.1.1. El proyecto de construcción, planes de gestión y viabilidad, evaluación de
impacto ambiental, y otros documentos relativos al solicitante
2.1.2. Solicitud de otras licencias necesarias para el inicio de la actividad
2.2. Instrucción del procedimiento
2.2.1. Examen de la viabilidad del proyecto
2.2.2. Informes de las Administraciones concurrentes
2.3. Terminación del procedimiento
2.3.1. Propuesta de resolución y oferta de condiciones al solicitante
2.3.2. Resolución y otorgamiento
3. La tramitación de los títulos habilitantes para acuicultura conforme a la Sentencia del TC
9/2001, de 18 de enero
3.1. Introducción
3.2. La simplificación del procedimiento de otorgamiento de títulos habilitantes para
acuicultura
3.3. Transformación de una concesión de ocupación demanial en un informe preceptivo y
vinculante
3.4. La no aplicación del art. 110 LC a la acuicultura: un argumento antiguo
3.5. La coordinación de competencias concurrentes: el informe preceptivo y vinculante
3.5.1. El contenido del informe
3.5.2. Algunos problemas a resolver: el plazo de emisión del informe
3.6. La subsistencia de la duplicidad concesional en algunas Comunidades Autónomas
4. Especialidades procedimentales en el otorgamiento de concesiones de cultivos marinos: el
concurso público
5. Sobre las ventajas de la declaración de zonas de acuicultura en la tramitación de los
permisos habilitantes en el dominio público portuario
CAPÍTULO SEXTO
EFECTOS Y CONTENIDO DE LOS TÍTULOS HABILITANTES: OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO ACUICULTOR
A) Eficacia de la concesión de cultivos marinos en el dominio público
1. Efectos para el concesionario
1.1. Constitución de un derecho real de contenido patrimonial
1.2. Consecuencias derivadas de la titularidad del derecho real
1.2.1. La constitución de hipotecas
1.2.2. Inscripción de la concesión en el Registro de la Propiedad
1.2.3. Transmisibilidad de la concesión de cultivos marinos. Cambios de dominio
1.2.3.1. Transmisión inter vivos: procedimiento y requisitos
a) procedimiento y requisitos
1.2.3.2. Transmisión mortis causa
2. Efectos para la Administración
2.1. La tutela administrativa sobre el dominio público marítimo-terrestre
2.2. Modificación de la concesión por la Administración
B) Contenido del título habilitante. Obligaciones del concesionario-acuicultor
1. Deber de explotación real y efectiva de los cultivos marinos
2. Deber de explotar el establecimiento de acuicultura conforme a su destino
2.1. Realización de la actividad que ha sido autorizada
2.2. Sobre las obras a realizar en el dominio público marítimo-terrestre
3. Pago del canon de ocupación
3.1. Naturaleza canon
3.2. Hecho imponible y determinación del canon
3.3. Momento del pago del canon
3.4. Revisión del canon
4. Deber de protección ambiental y conservación del dominio público utilizado
5. Identificación de los viveros flotantes
6. Señalización marítima y balizamiento de los establecimientos de acuicultura
6.1. Posibles fórmulas de balizamiento y señalización de los polígonos de cultivo
7. Constitución de fianza definitiva
8. El seguro de acuicultura
8.1. Su génesis
8.2. Cobertura y extensión del seguro a la acuicultura marina
8.3. Sobre el discutido carácter obligatorio del seguro
8.4. Riesgos empresariales y responsabilidad patrimonial de la Administración
9. Vigilancia de la concesión de cultivos marinos
CAPITULO SÉPTIMO
EXTINCIÓN DE LOS TÍTULOS HABILITANTES PARA ACUICULTURA
1. Planteamiento del problema y causas de extinción del título habilitante para acuicultura
marina
2. Extinción del título habilitante de cultivos marinos por cumplimiento del plazo
3. Extinción por causa del sujeto titular de la concesión o por el objeto de la misma
3.1. Renuncia del interesado
3.2. Revocación de la concesión de cultivos marinos
3.3. La expropiación por causa de utilidad pública o de interés social y el rescate
3.4. La caducidad de la concesión de cultivos marinos
3.4.1. El carácter obligatorio de la caducidad
3.4.2. Causas de caducidad
3.4.3. El procedimiento de declaración de caducidad
3.4.4. Efectos de la caducidad
3.5. La Rehabilitación de las concesiones de cultivos marinos
4. Efectos de la extinción de las concesiones de cultivos
5. Especial referencia a los procesos de ordenación de concesiones de cultivo en Galicia: la
revisión de los parques de cultivo de Carril y la revisión y reordenación de los polígonos de
viveros flotantes
5.1. Revisión de los parques de cultivo de Carril: el minifundio en el mar
5.2. Revisión y reordenación de los polígonos de viveros de cultivo
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA CITADA
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