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Derecho > Derecho Autonómico

Las Garantías Mobiliarias En El Derecho Civil De Cataluña
  Reyes Barrada Orellana  (Editorial Tirant Lo Blanch)
Precio:39 € ($57,24)
493 páginas.
Idioma: Español
ISBN: 8484562786. ISBN-13: 9788484562788
1ª edición (04/2005).
Entrega: 24 a 48 horas contra reembolso por agencia urgente*


Aquí encontrará el lector un serio estudio sobre las garantías mobiliarias reguladas por el Derecho civil de Cataluña, es decir, los derechos reales de prenda posesoria y de retención sobre bienes muebles. La autora lo presenta desde una doble perspectiva doctrinal, civil y mercantil, atendiendo a las obras de interés posteriores a la codificación, asi como al análisis de las decisiones jurisprudenciales y de la Dirección
General de los Registros y del Notariado. Se destacan las novedades más significativas en esta materia con relación a lo dispuesto en el Código civil, como pueden ser la prenda de máximo, la prenda de cosas fungibles, la naturaleza real del derecho de retención, la posibilidad de sustitución, el orden de preferencia y prelación que corresponde a ambas garantías o la realización de la cosa gravada por el procedimiento de venta directa.

ÍNDICE

Prólogo
Abreviaturas

Capítulo I
Preliminar

§ 1. Las garantías mobiliarias en Cataluña
1. Estado de la cuestión
1.1. La ordenación de las garantías reales en el ámbito catalán
1.2. Estado de la cuestión con relación al derecho de prenda..
1.3. Estado de la cuestión con relación al derecho de retención sobre muebles
1.3.1. Previsiones legislativas anteriores a la LGP en torno al derecho de retención
1.3.1.1. La configuración plural del derecho de retención
1.3.1.2. Naturaleza jurídica y eficacia del derecho de retención en el Derecho
Civil estatal
1.3.2. El espíritu unificador de la LGP
2. Las garantías mobiliarias en la LDRG. Su regulación conjunta

§ 2. Naturaleza jurídica y concepto de las garantías mobiliarias
3. Naturaleza jurídica y concepto del derecho de prenda: mantenimiento de su eficacia
tradicional
4. Naturaleza jurídica y concepto del derecho de retención
4.1. Configuración real del derecho de retención
4.2. Concepto del derecho real de retención

Capítulo II
Constitución de las garantías mobiliarias

§ 1. Constitución de la prenda
1. Presupuesto de constitución: la obligación garantizada
1.1. Naturaleza dineraria de la garantía
1.2. La accesoriedad de la garantía
1.3. La prenda en garantía de obligación futura y la prenda en garantía de obligación
condicional
1.3.1. Presupuesto de la garantía. La inexistencia de la obligación futura y el
principio de accesoriedad de la garantía
1.3.2. La obligación condicionada. La cuestión de la existencia de la obligación
suspensivamente condicionada
1.3.3. La indeterminación inicial de la garantía
1.4. La prenda en garantía de obligaciones de cuantía indeterminada
1.4.1. La prenda de “máximo”
1.4.1.1. La indeterminación inicial de la obligación asegurada
1.4.1.2. El mantenimiento del principio de especialidad
1.4.1.3. Consecuencias de la indeterminación inicial de la obligación asegurada.
La concreción del crédito
1.4.2. La prenda de máximo en garantía de “varias obligaciones”
1.4.2.1. Justificación de la inclusión de este tipo de prenda
1.4.2.2. La indeterminación del “crédito” asegurado y la protección de los terceros
1.4.2.3. La indivisibilidad de la garantía y la individualidad de las distintas
obligaciones aseguradas
2. Requisitos de constitución de la prenda
2.1. Título de constitución
2.1.1. Por usucapión
2.1.2. A non domino
2.1.3. Constitución unilateral del derecho de prenda
2.1.3.1. Constitución unilateral del derecho de prenda por acto inter vivos
2.1.3.2. Constitución unilateral del derecho de prenda por disposición de última
voluntad
2.1.4. Constitución de la prenda por contrato
2.2. “El libre poder de disposición de la cosa por parte del pignorante”
2.2.1. El sujeto pasivo de la prenda
2.2.1.1. El pignorante deudor
2.2.1.2. El pignorante no deudor
2.2.1.3. El pignorante no propietario
2.2.2. El adquirente del bien pignorado
2.2.2.1. La responsabilidad del adquirente
2.2.2.2. Compra del objeto pignorado con retención o descuento del valor del
gravamen
2.2.3. El libre poder de disposición del pignorante
2.2.3.1. La libertad dispositiva como fundamento de la protección del crédito
2.2.3.2. Los límites al poder de disposición: la existencia de interés justo y
legítimo
2.2.3.3. La prohibición de disponer de vigencia limitada. La viabilidad de la
prenda
2.2.3.4. Prohibiciones de empeñar bienes anteriormente gravados por garantía real
2.2.3.5. Prohibiciones de disponer sobre acciones o sobre participaciones sociales
2.3. La transmisión posesoria
2.3.1. Fundamento
2.3.2. La forma de entrega
2.3.3. Derechos no poseíbles
2.3.3.1. Constitución registral de la garantía
2.3.3.2. Notificación de la existencia de la garantía
2.3.4. La publicidad de la garantía a través del registro. Los certificados de
legitimación
2.3.5. La transmisión posesoria en favor de un tercero
2.3.5.1. Designación del tercero
2.3.5.2. Contenido de la posición jurídica del tercero
2.3.5.3. Utilidad de la intervención del tercero en la prenda
3. La forma del negocio de prenda
3.1. Requisitos de oponibilidad de la prenda
3.2. Eficacia probatoria del instrumento público

§ 2. Constitución del derecho real de retención
4. Presupuestos de constitución
4.1. La posesión previa a la retención
4.1.1. La buena fe posesoria
4.1.1.1. La buena fe vinculada a la posesión
4.1.1.2. La buena fe como principio general del Derecho
4.1.2. La posesión de cosa ajena
4.2. Existencia de una obligación incumplida
4.2.1. El carácter accesorio del derecho real de retención. Su función de garantía
4.2.2. El artículo 5 LDRG
4.2.2.1. “El resarcimiento de los gastos necesarios para la conservación y la
gestión de la cosa y el de los gastos útiles” [art. 5, a) LDRG]
4.2.2.2. “El resarcimiento de los daños producidos en razón de la cosa a la
persona obligada a la entrega” [art. 5, b) LDRG]
4.2.2.3. “La retribución de la actividad realizada para la confección o reparación
de la cosa, siempre que previamente haya habido un presupuesto escrito y aceptado y que la
actividad realizada se adecue al mismo” [art. 5, c) LDRG]
4.2.2.4. “Los intereses de las obligaciones establecidas por el presente artículo,
desde que sea notificado el derecho de retención en la forma determinada por el presente
artículo” [art. 5, d) LDRG]
4.2.2.5. “Cualquier otra deuda a la que la ley otorgue expresamente esta garantía”
[art. 5, e) LDRG]
4.2.3. El derecho de retención en garantía de otras obligaciones. Régimen aplicable
4.2.4. Supuestos de inclusión dudosa en el artículo 5 LDRG
4.2.5. El derecho de retención en garantía de distintas obligaciones
5. La forma de constitución del derecho real de retención
5.1. La comunicación notarial
5.1.1. La comunicación notarial como requisito formal de constitución de la garantía
5.1.2. El carácter constitutivo de la comunicación notarial
5.2. La “situación de retención”; la “decisión de retener”
5.3. La oposición judicial a la retención constituida
6. La constitución del derecho de retención sobre bienes muebles de valor inferior a 500
euros
6.1. Fundamento y naturaleza jurídica
6.2. Elementos del supuesto de hecho
6.2.1. Cosa mueble de valor inferior a 500 euros
6.2.2. El crédito a la retribución de la actividad realizada
6.2.3. Actividad realizada por encargo del poseedor legítimo
6.3. Constitución del derecho de retención sobre muebles de “poco valor”
6.3.1. Naturaleza y contenido de la comunicación
6.3.2. Forma de la comunicación
7. La eficacia plena del derecho de retención

§ 3. La posesión sobre cosa mueble
8. El objeto de la garantía
8.1. Consideraciones generales
8.2. Las cosas fungibles. La garantía “irregular”. El dinero
8.2.1. Las cosas fungibles como objeto de prenda
8.2.2. Las cosas fungibles como objeto de derecho de retención
8.2.3. El dinero como objeto de garantía posesoria
8.2.3.1. El dinero como objeto de prenda
8.2.3.2. La prenda irregular de dinero
8.2.3.3. El dinero como objeto de derecho de retención
8.3. Las cosas futuras
8.4. Los derechos. El derecho real limitado como objeto de garantía real posesoria
8.5. El derecho de crédito como objeto de garantía real posesoria
8.5.1. La formalización de la garantía. Su completa oponibilidad
8.5.2. La falta de simultaneidad entre el vencimiento del crédito asegurado por
garantía real posesoria y el vencimiento del crédito que lo asegura: la subrogación real
8.5.2.1. El vencimiento del crédito garantizado, pendiente el vencimiento del
crédito dado en garantía
8.5.2.2. El vencimiento del crédito dado en garantía, pendiente el vencimiento de
la obligación garantizada
8.6. Consideración especial de la garantía sobre valores
8.6.1. Garantías mobiliarias sobre títulos valor
8.6.1.1. Aspectos generales del título valor
8.6.1.2. Garantías mobiliarias sobre títulos al portador
8.6.1.3. Garantías mobiliarias sobre títulos a la orden
8.6.1.4. Garantías mobiliarias sobre títulos nominativos
8.6.2. Garantías mobiliarias sobre valores representados mediante anotaciones en cuenta
8.6.2.1. Ideas generales sobre el sistema de representación contable de los valores
8.6.2.2. Constitución de la garantía sobre valores anotados en cuenta. La
inscripción del derecho y la inmovilización de los valores
9. “Régimen de la prenda con relación al objeto pignorado”
9.1. La afección de más de un objeto. La eliminación del principio de especialidad
9.2. El sistema de responsabilidad solidaria
9.3. El sistema de responsabilidad distribuida
9.3.1. El acuerdo de distribución
9.3.2. Efectos de la distribución
9.3.2.1. En cuanto a la indivisibilidad del crédito y de la garantía
9.3.2.2. En cuanto a la facultad de retener
9.3.2.3. En cuanto a la aplicación del valor de cada uno de los objetos afectados
por la garantía
9.3.2.4. En cuanto a la facultad de sustitución
9.4. La afección de un “conjunto de cosas”
9.5. La configuración de un “objeto unitario”

Capítulo III
Eficacia de las garantías posesorias en la LDRG

Eficacia de las garantías posesorias en la LDRG

§ 1. La Transmisión de la garantía

§ 2. La facultad de retención
1. La retención posesoria
1.1. Fundamento de la retención en las garantías mobiliarias
1.2. La indivisibilidad de la garantía
2. El deber de mantener la cosa en su estado inicial
2.1. La protección y la conservación de la cosa retenida
2.2. El deber de conservación como límite a la discrecionalidad del retenedor
2.3. La conservación diligente de la cosa retenida
2.4. El incumplimiento del deber de conservación diligente
2.4.1. La responsabilidad del poseedor
2.4.2. La constitución en depósito del bien afectado por la garantía
2.5. La disminución y la desaparición del objeto gravado
3. La prohibición de utilizar la cosa retenida
3.1. La prohibición de utilizar la cosa retenida, como consecuencia del deber de
conservación
3.2. El uso autorizado de la cosa retenida
3.3. La responsabilidad del retenedor por el uso de la cosa
4. Ámbito objetivo de la facultad de retención. La extensión de la garantía
4.1. Extensión de la prenda respecto de los gastos de conservación
4.2. Extensión de la prenda respecto de los intereses remuneratorios
4.3. Extensión de la prenda respecto de los intereses moratorios
4.4. Extensión de la prenda respecto de los daños y perjuicios sufridos
5. El deber de restitución
5.1. En general, la extinción de la garantía real
5.2. La extinción por renuncia
5.2.1. La presunción de renuncia
5.2.2. Presupuesto de la extinción: la devolución voluntaria de la cosa retenida
5.3. El deber de entrega o restitución
6. Particulares del ejercicio de la facultad de retención sobre acciones o sobre
participaciones sociales
6.1. La “retención” de valores no documentados y de participaciones sociales
6.2. La conservación de las acciones y de las participaciones sociales
6.2.1. La legitimación para el ejercicio de los derechos sociales
6.2.2. Consideración especial de la conservación de la garantía a través del derecho
de suscripción preferente
6.2.2.1. Planteamiento
6.2.2.2. La legitimación para el ejercicio del derecho de suscripción preferente.
Extensión de la garantía al resultado del ejercicio del derecho
6.2.3. La prenda de acciones no totalmente liberadas

§ 3. La sustitución del objeto afectado por la garantía
7. La sustitución de la cosa empeñada
7.1. Fundamento
7.2. La voluntad privada como fuente de la sustitución objetiva
7.3. Efectos del acuerdo de sustitución
7.4. Requisitos de la sustitución
7.4.1. Requisitos generales
7.4.2. Requisitos para la sustitución “en el caso de valores”
8. La sustitución de “la cosa retenida”
8.1. Precedentes legislativos
8.2. La sustitución como causa de extinción del derecho de retención
8.3. Sujetos legitimados para proceder a la sustitución
8.4. Requisitos de la sustitución
8.4.1. La sustitución total de la garantía
8.4.2. La garantía sustituta
8.4.2.1. Las garantías reales
8.4.2.2. La fianza solidaria de entidad de crédito
8.4.3. La suficiencia de la garantía sustituta
9. Otros supuestos de sustitución del objeto, en cumplimiento del deber de conservación

§ 4. La imputación de los frutos
10. El efecto anticrético
10.1. Aspectos generales
10.2. El efecto anticrético como mecanismo de pago de la obligación garantizada
10.3. El orden de preferencia en la imputación de los frutos
11. Los frutos imputables
11.1. El concepto de frutos en la LDRG
11.2. Consideración especial de la compensación de los dividendos sociales
12. Los intereses compensables

§ 5. La realización coactiva de las garantías mobiliarias
13. La acción real
13.1. La acción real de realización como efecto esencial del derecho real de garantía
13.2. Los diferentes mecanismos previstos por la LDRG para el ejercicio de la acción real
13.3. Prescripción de la acción real
13.4. Presupuestos necesarios para la realización extrajudicial de la garantía
13.4.1. Transcurso del plazo previsto para plantear oposición judicial
13.4.2. Ausencia de oposición judicial
13.4.3. La consignación o afianzamiento
13.5. Carácter imperativo o dispositivo de las normas de procedimiento contenidas en la
LDRG
14. El procedimiento de venta directa de la cosa gravada
14.1. Justificación
14.2. Requisitos
14.2.1. El acuerdo de venta directa
14.2.2. Formalización del acuerdo de venta directa en escritura pública
14.2.3. Notificación del acuerdo de venta directa a los titulares conocidos de los
derechos reales sobre la cosa
15. Los procedimientos notariales de realización previstos y regulados por la LDRG
15.1. El respeto de los artículos 7.3 y 19.4 LDRG a las garantías constitucionales
15.1.1. La doctrina del TS sobre la constitucionalidad del “procedimiento
extrajudicial de ejecución” previsto por el anterior artículo 129.2.º LH
15.1.2. Reacción doctrinal ante la declaración jurisprudencial de inconstitucionalidad
sobrevenida del anterior artículo 129 LH
15.1.3. La consolidación del procedimiento extrajudicial de realización de la
hipoteca. El actual artículo 129 LH y su proyección positiva
15.2. La realización notarial de las garantías mobiliarias. Aspectos comunes
15.2.1. Inicio del procedimiento
15.2.2. La participación en la subasta
15.2.2.1. Facultades del titular de la garantía
15.2.2.2. Restricciones subjetivas a la libre transmisibilidad del objeto afectado
por la garantía. En concreto, las acciones nominativas y las participaciones sociales
15.2.3. Fin del proceso de realización notarial
15.3 Especialidades de la realización notarial de la prenda..
15.4. Especialidades de la realización notarial del derecho de retención
15.4.1. La supresión del requisito de “la valoración del bien, de mutuo acuerdo entre
acreedor y propietario” (art. 6.2 LGP)
15.4.2. La subasta pública notarial del objeto retenido..
16. Realización de las garantías mobiliarias sobre valores sometidos a cotización oficial
16.1. La normativa específicamente prevista por razón de la materia. El artículo 322 C de
C
16.2. Ámbito de aplicación del artículo 322 C de C
16.3. Posibilidad de aplicar los procedimientos de realización previstos en LDRG para la
enajenación de los valores sometidos a cotización oficial
16.4. Desarrollo del procedimiento previsto en el artículo 322 C de C
17. La realización de las garantías mobiliarias sobre dinero o sobre título representativo
de dinero
18. Realización de las “prendas realizadas por los montes de piedad reconocidos legalmente”
19. La realización del derecho de retención sobre cosa mueble de valor inferior a 500 euros
19.1. Presupuestos
19.2. La disposición libre de la cosa retenida
19.3. Cargas preexistentes y limitaciones a la facultad de disposición o reservas de
dominio
19.3.1. Subsistencia de las cargas preexistentes
19.3.2. Limitaciones a la facultad de disposición

§ 6. Prelación de los créditos asegurados con derecho real de garantía mobiliaria
20. El artículo 2.2. LDRG: La remisión a las normas generales sobre prelación de créditos
21. Presupuestos generales de la prelación de créditos
21.1. Concurrencia de acreedores e insolvencia del deudor
21.2. La clasificación y graduación de los créditos concurrentes. Los principios de
preferencia y de proporcionalidad
22. Esquema general del régimen de la prelación de créditos
23. La preferencia de los créditos garantizados con prenda
23.1. La garantía real pignoraticia como causa de la preferencia en la Ley Concursal
23.2. La garantía real pignoraticia como causa de la preferencia en Código Civil
23.3. Requisitos formales de la preferencia del crédito pignoraticio
23.4. Ejercicio de la preferencia del crédito pignoraticio y su vinculación a un proceso
23.4.1. El ejercicio del derecho y su vinculación a un proceso de ejecución singular
23.4.2. El ejercicio del derecho y su vinculación a un proceso de ejecución colectivo
24. La preferencia de los créditos garantizados con derecho real de retención
24.1. La remisión del artículo 2.2. LDRG a las “reglas generales sobre prelación de
créditos”
24.2. La preferencia del crédito asegurado con derecho real de retención y “las bases de
las obligaciones contractuales”
24.3. El “derecho de separación” del bien gravado con derecho real de retención
25. Consideración especial de la preferencia de los créditos asegurados con garantía
mobiliaria sobre acciones no totalmente liberadas (arts. 72 y 45 LSA)

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