La obra, tras constatar las no pocas incongruencias sistemáticas y conceptuales que la nueva clase de acciones genera en la tradicional conformación del tipo sociedad anónima, se propone reconstruir su estatuto jurídico sobre la escueta base legal que suministran los nuevos artículos 92 bis y 92 ter LSA y desde el entendimiento de que la solución a los problemas de calificación y de régimen no puede calcarse sin más sobre las experiencias ajenas por cuanto los soportes positivos que las sustentan y explican no siempre ofrecen datos coincidentes, y de que los esfuerzos de la doctrina deben asegurar la correspondencia entre las diferentes piezas de un mismo modelo de regulación, incluso cuando (como viene aconteciendo en los últimos tiempos) algunas de ellas no se hayan perfilado de manera adecuada en el texto de la Ley, bien por una escasa definición de la Política jurídica, bien por una poco meditada o no siempre oportuna reforma legal.
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