IndiceINTRODUCCION
1. La red de convenios bilaterales de cooperación ce-
lebrados por España: algunos datos de la práctica
A) Distribución geográfica de nuestra cooperación bi-
lateral
B) El ámbito material del estudio: cooperación en
sentido amplio
C) Los convenios bilaterales como instrumento de
cooperación
2. El Ejecutivo, el Parlamento y el Rey en la celebra-
ción de tratados de cooperación
A) El Gobierno dirige la política exterior
B) El Parlamento debería ejercer un control político,
no técnico, de la misma
C) El papel del Rey, interpretado por el Tribunal
Constitucional
a) Criterios formales y materiales de interpreta-
ción del art. 63.2 de la Constitución
b) El Auto de 11 de Abril de 1991 del Tribunal
Constitucional, refrendando el criterio formal
PRIMERA PARTE: LA AUTORIZACION PARLAMENTARIA EN LA PRACTICA DE LOS TRATADOS
BILATERALES DE COOPERACION.
1. Planteamiento General : el equilibrio interno en
un sistema de lista positiva
2. La Ruptura del equilibrio : las &laqno;recalificaciones»
A) La discrepancia entre las Cortes y el Gobierno a
la hora de calificar y autorizar la celebración de
un tratado.
B) Los efectos de la subsanación o convalidación
3. El concepto de &laqno;obligación financiera para la Ha-
cienda Pública» (94.1.d) y sus posibles interpreta-
ciones
A) Los antecedentes históricos del precepto consti-
tucional
B) La interpretación inicial del Consejo de Estado
C) La interpretación posterior del Consejo de Estado
D) La interpretación de la Mesa del Congreso de los
Diputados
E) El límite temporal de las obligaciones financieras:
su posible periodicidad.
F) Reflexiones acerca de una posible solución
a) La inserción de un desarrollo interpretativo
del art. 94.1.d)
b) Acerca de las obligaciones &laqno;importantes»
SEGUNDA PARTE: LAS VIAS ALTERNATIVAS
UTILIZADAS POR EL EJECUTIVO FRENTE AL
CONTROL PARLAMENTARIO
1. La paradójica figura de la aplicación provisional
A) La aplicación provisional de los tratados en el de-
recho internacional
B) La aplicación provisional antes de la manifesta-
ción del consentimiento: ¿un regate al control
parlamentario?
C) La aplicación provisional en los tratados bilatera-
les de cooperación: una necesidad de política exte-
rior
D) La aplicación provisional de los tratados que im-
plican obligaciones financieras para la Hacienda
Pública
2. Los acuerdos en desarrollo de un previo Acuerdo-
Marco: ¿una vía para suavizar el control parla-
mentario?
A) ¿ Qué es un Acuerdo-Marco ?
B) ¿Pueden autorizarse en un sólo acto un Acuerdo-
Marco y sus acuerdos de desarrollo?
C) Los Acuerdos Administrativos: actos en desarro-
llo y ejecución de los tratados internacionales
a) La noción de acuerdo administrativo
b) Las consecuencias prácticas de cada posición
conceptual
c) La capacidad para celebrar acuerdos adminis-
trativos
d) La eventual comunicación a las Cámaras y la
publicación oficial de los acuerdos adminis-
trativos
3. Los actos jurídicos autónomos adoptados por los
órganos de gestión de un tratado internacional
A) Las Decisiones de los Consejos de Asociación en
el ámbito comunitario europeo
a) La jurisprudencia comunitaria sobre las deci-
siones del Consejo de Asociación con Turquía
b) Incorporación y aplicabilidad directa de la de-
cisión del Consejo de Asociación. Efecto di-
recto de sus preceptos
B) Los actos jurídicos adoptados por las Comisiones
Mixtas creadas por los convenios bilaterales de
cooperación celebrados por España
a) Los caracteres habituales de las Comisiones
Mixtas
b) Sus actos jurídicos: un elenco variado
c) La envoltura formal: las Actas de la reunión
d) ¿Habría que publicar las Actas para que su
contenido pudiese generar derechos para los
particulares?
REFLEXIONES FINALES
ANEXO