
El artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores establece una serie de garantías protectoras de 'El trabajo de contratas' de obras y servicios pertenecientes a la propia actividad de la empresa principal. Esta monografía explica con claridad cuál es el ámbito de aplicación del mencionado precepto y qué problemas de ajuste a las nuevas realidades productivas plantea. Y, con ello, alcanza el autor tres objetivos: en primer lugar, atribuye un significado al término 'contrata'; en segundo lugar, traza una línea de separación las contratas lícitas y la cesión ilegal; finalmente, indaga en la interpretación que cabe atribuir a los términos 'propia actividad' que el texto estatutario emplea en esta sede. Estas labores se efectúan, además, integrando las distintas aportaciones doctrinales en la materia con la aplicación práctica de las mismas por parte de los órganos jurisdiccionales.



I. Introducción
1. La descentralización productiva
1.1. Noción y fundamento
1.2. Las causas o motivaciones del recurso a la descentralización
1.2.1. De las iniciales razones patológicas.
1.2.2. .a las ulteriores razones fisiológicas
2. Las contratas de obras y servicios como instrumento descentralizador preferente
2.1. Los riesgos o peligros de su utilización
2.2. La respuesta del ordenamiento jurídico
2.2.1. La respuesta del Código Civil: una respuesta limitada
2.2.2. La respuesta laboral: una respuesta más incisiva
2.2.3. ¿Una respuesta adecuada?
II. El concepto de contrata de obras y servicios
1. El negocio jurídico de referencia inicial
1.1. Los sujetos intervinientes
1.1.1. La condición de empresario del comitente y del contratista: ¿una referencia en
sentido laboral o mercantil?
1.1.2. Las dudas sobre la inclusión de las Administraciones Públicas
1.1.3. La equiparación de contratistas y subcontratistas a los efectos de aplicación de
la normativa
1.2. El objeto del contrato: una delimitación positiva y otra negativa
1.2.1. La delimitación positiva: de las obras y servicios a la realización de un facere
específico
1.2.2. La delimitación negativa y algunas consecuencias derivadas
2. Los intentos ulteriores de ampliación hacia otras figuras contractuales
2.1. Las ventajas derivadas de la existencia de una noción coloquial
2.2. Algunas manifestaciones concretas de la ampliación. y también de la exclusión
3. La necesidad de una delimitación distinta
III. La frontera con la cesión ilegal de trabajadores
1. La «contrata» de mano de obra
1.1. Una conducta prohibida, aunque no del todo
1.2. Las dificultades de trazar una línea divisoria entre contrata y cesión
2. Los intentos de elevar un muro divisorio consistente
2.1. Los indicios y criterios no decisivos
2.2. Los indicios y criterios de interés
2.2.1. La existencia de una organización empresarial
2.2.2. El ejercicio de los poderes empresariales
2.2.3. La asunción del riesgo empresarial
IV. Las contratas de obras y servicios objeto de especial protección
1. Algunas notas introductorias
1.1. La coexistencia de dos tipos de tutela diferente
1.2. La delimitación del ámbito correspondiente a la «tutela fuerte»
2. La función delimitadora del concepto de «propia actividad» y sus dificultades
interpretativas
2.1. La interpretación topográfica
2.1.1. Las razones que justifican una interpretación en dicha clave.
2.2.2. .y su crítica
2.2. La interpretación funcional
2.2.1. Una interpretación basada en la pertenencia al ciclo productivo
2.2.2. Las dificultades de identificar el ciclo productivo
a) Los diferentes criterios e indicios que facilitan su identificación
b) El debate de fondo: la inclusión o no de las actividades accesorias
2.2.3. Una tesis que también resulta inadecuada
3. La necesidad de un cambio de criterio
Bibliografía citada
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