AbreviaturasPrólogo
Introducción
Capítulo I
El reparto de las competencias sobre la actividad económica entre el Estado y las Comunidades
Autónomas
1. Constitución económica y Constitución económica territorial
2. Los principios de la articulación territorial del Estado autonómico y su incidencia en la
acción del Estado y de las Comunidades Autónomas sobre la actividad económica
3. El reparto de las competencias sobre materias relativas a la actividad económica
3.1. Introducción sobre los distintos tipos de competencias
3.2. Competencias del Estado
3.3. Competencias de las Comunidades Autónomas
3.4. Una posible interpretación alternativa de la articulación de las competencias
sectoriales y formalmente exclusivas de las Comunidades Autónomas sobre actividades económicas
y de la competencia del Estado sobre las bases y la coordinación de la planificación general de
la actividad económica
4. Las peculiaridades de la actividad económica como objeto material de competencias. La
tendencia a la centralización en el ejercicio del poder sobre materias de naturaleza económica
en el ámbito internacional
5. La repercusión en la interpretación del reparto de competencias entre el Estado y las
Comunidades Autónomas de la tendencia que apoya la centralización de funciones en el ámbito de
la economía
6. Líneas generales sobre la recepción de la tendencia a la centralización de la política
económica en España. La competencia del estado sobre las bases y la coordinación de la
planificación general de la actividad económica
Capítulo II
La interpretación del concepto de actividad económica del artículo 149.1.13ª de la
Constitución. La competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la
actividad económica como competencia horizontal o transversal
1. Todas las actividades económicas, contempladas desde una perspectiva sectorial y
cualquiera que sea el grado de especificidad con el que se encuentren delimitadas en las normas
del Estado encaminadas a su ordenación
2. Actividades económicas que son objeto de otras competencias específicas y cuyo desarrollo
influye de manera acusada en las condiciones generales de ejercicio del conjunto de las
actividades económicas y en la consecución de los objetivos de política económica general
marcados por el Estado
3. Elementos con trascendencia económica de materias que, en sí, no se refieren a actividades
económicas
4. Infraestructuras y recursos necesarios para el desarrollo de las actividades económicas
5. Elementos que tienen influencia en el logro de objetivos de política económica general
6. Consideraciones generales sobre los criterios de interpretación de la naturaleza de las
actuaciones públicas desde la perspectiva competencial. Quedan excluidas del ámbito material de
la competencia del artículo 149.1.13ª de la Constitución actuaciones en las que, pese a tener
algún componente económico, la jurisprudencia no ha apreciado una incidencia importante en el
conjunto de la economía o una conexión directa con el objeto de la competencia sobre bases de
la planificación general de la actividad económica
Capítulo III
La desnaturalización de la planificación de la actividad económica
1. El contenido objetivo de la planificación como tipo especial de ordenación de la actividad
económica
2. La desnaturalización del concepto objetivo de planificación
3. La relación entre la competencia sobre bases de la planificación y el procedimiento para
la elaboración de la planificación previsto en el artículo 131.2 de la Constitución
Capítulo IV
La calificación de la planificación como «general»
Capítulo V
Las bases de la planificación general de la actividad económica
1. Los elementos formales de las bases: la continua apreciación de excepciones al requisito
de que las bases se regulen preferentemente a través de ley
2. La interpretación de las bases como directrices y medidas encaminadas a la salvaguardia de
determinados principios y al logro de objetivos; la interpretación exclusivamente material del
ámbito de las bases; el entendimiento de la competencia sobre las bases y la coordinación de la
planificación general de la actividad económica como competencia para la ordenación de la
actividad económica general; la alteración del binomio bases-desarrollo
Capítulo VI
Los criterios para el encuadramiento de las normas y los actos de los poderes públicos en la
competencia sobre bases de la planificación general de la actividad económica
1. El criterio de la incidencia en la economía y el criterio de la conexión con objetivos de
política económica
2. El criterio según el cual corresponde al Estado llevar a cabo todas las previsiones
normativas y las actuaciones ejecutivas en las cuales se manifieste una opción política en
materia económica por parte de aquél y corresponde a las Comunidades Autónomas la concreción
normativa o la ejecución de actuaciones respecto de elementos reglados por el Estado
3. El límite que supone la necesidad de evitar el vaciamiento de las competencias de las
Comunidades Autónomas; la admisión de una duplicidad o concurrencia de actuaciones del Estado y
de las Comunidades Autónomas sobre una materia con el mismo contenido y los mismos fines; el
criterio instrumental de atribución de actuaciones ejecutivas al Estado
4. El criterio de los efectos territoriales supraautonómicos de las actuaciones públicas
relativas a las actividades económicas o de su repercusión en intereses supraautonómicos
5. El criterio de valorar el hecho de que el desarrollo de las actividades económicas deba
integrarse en el marco económico europeo
6. Especial referencia a la capacidad del Estado para asumir funciones ejecutivas en relación
con los planes de reconversión de sectores concretos de la actividad económica. La conversión
de las competencias exclusivas de las Comunidades Autónomas para la ejecución de dichos planes
en competencias concurrentes o en competencias del Estado que deben ejercerse con la
participación de las Comunidades Autónomas
Capítulo VII
La competencia del Estado para establecer medidas de fomento de las actividades económicas a
partir de su competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad
económica
1. Criterios para el encuadramiento de las medidas de fomento en las competencias sobre bases
y coordinación general de la planificación de la actividad económica
2. Criterios de encuadramiento en las competencias sobre bases y coordinación de la
planificación general de la actividad económica de las normas y actuaciones relativas a medidas
de fomento de dichas actividades
2.1. En cuanto a la regulación de las medidas de fomento
2.2. En cuanto a la gestión de las medidas de fomento
3. Actuaciones de competencia de las Comunidades Autónomas en relación con las medidas de
fomento
4. Reglas relativas a la financiación de las actuaciones previstas en la regulación de las
medidas de fomento
5. La influencia de las normas de derecho comunitario en el reparto de las funciones públicas
con respecto a la ordenación y la aplicación de las medidas de fomento
Capítulo VIII
Especialidades del contenido y de los efectos de las sentencias del tribunal constitucional
que resuelven procesos en torno a normas y actos relativos a las actividades económicas
Capítulo IX
La coordinación de la planificación general de la economía
1. La jurisprudencia en torno al concepto de coordinación
2. El principio de coordinación y su aplicación en el marco de la actividad económica
3. La competencia del Estado para la coordinación de la planificación general de la actividad
económica
3.1. Técnicas de coordinación preventivas u homogeneizadoras
3.2. Técnicas de coordinación a posteriori o autorizativas
4. Criterios para el encuadramiento de las actuaciones públicas en la competencia de
coordinación de la planificación general de la actividad económica
4.1. El criterio según el cual se atribuye al Estado la decisión final que resuelve un
procedimiento en el que han participado distintos entes territoriales
4.2. El criterio de la proyección sobre un mismo medio físico o recurso natural de títulos
competenciales distintos en favor del Estado o de las Comunidades Autónomas
4.3. La competencia de coordinación en relación con las medidas de fomento de actividades
económicas
4.4. La necesidad de que determinadas medidas deban ser aplicadas desde una valoración del
interés supracomunitario para poder alcanzar los objetivos previstos por la norma que las
establece
4.5. La relevancia para la política económica general y la conexión con objetivos de
política económica
4.6. Fijación de directrices técnicas y de coordinación necesarias para el funcionamiento
de Registros gestionados por el Estado
4.7. El carácter subsidiario de la competencia sobre coordinación y la necesidad de que la
aplicación de esta competencia no se extienda más allá de lo necesario para asegurar la
realización de los objetivos y las previsiones establecidos por el Estado en las normas que
concretan las bases de la planificación general de la actividad económica y evitar riesgos de
disgregación, incoherencia o pérdida de eficacia en la acción pública sobre la economía
Capítulo X
Epílogo sobre posibles líneas de corrección de los efectos de la actual interpretación de la
competencia sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica
Índice de jurisprudencia
Bibliografía