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Desde hace más de veinte años, se venía observando la necesidad de regular la llamada "multipropiedad", debido a los abusos cometidos en el sector inmobiliario. Ha sido la Ley 42/1998 la que actualmente regula el derecho de aprovechamiento por turno en su doble configuración como derecho de arrendamiento y derecho real. La presente obra tiene por objeto el análisis de este derecho, entroncando su estudio con el Código Civil y otras leyes especiales así como la normativa comunitaria. Se analizan cuestiones como la naturaleza jurídica del derecho, las técnicas de protección del adquirente, así como la constitución del régimen de aprovechamiento. Con todo, la obra ofrece un pilar básico para el conocimiento de esta nueva figura.
I. Introducción
II. El derecho de aprovechamiento
1. Concepto
1.1. La configuración jurídica del derecho como derecho real
1.2. La configuración del derecho como arrendamiento
2. Objeto del derecho real de aprovechamiento
2.1. Constitución previa de la Propiedad horizontal. Nos encontramos con dos elementos
de un objeto complejo: alojamiento amueblado y período de tiempo.
2.2. No se constituye el régimen de propiedad horizontal. Nos encontramos con dos
elementos de un objeto complejo: el edificio y el turno.
3. Límites del derecho real de aprovechamiento
3.1. Obligación de conservar la sustancia de la cosa.
3.2. Obligación de no alterar el alojamiento y su mobiliario.
3.3. Temporalidad
4. Constitución del derecho real de aprovechamiento
4.1. Características del contrato.
4.2. Forma del contrato
4.3. Inscripción del contrato
5. Extinción del contrato
5.1. Causas normales de extinción del contrato.
5.2. Especial referencia a la consolidación como causa de extinción
5.3. Extinción del derecho por ineficacia sobrevenida del negocio del que nació.
5.4. Causas que se enmarcan en la protección del consumidor
5.4.1. Facultad de desistimiento:
5.4.2. Facultad de resolución por incumplimiento de deberes por parte del
promotor-propietario.
6. Derechos y deberes del titular del derecho de aprovechamiento
6.1. Facultad de disfrute.
6.2. Derecho a recibir la prestación de los servicios
6.3. Derecho de disposición.
6.4. Obligación de utilizar el alojamiento conforme al fin pactado.
6.5. Derecho a formar parte de la comunidad de titulares.
7. Derechos y deberes del promotor-propietario
7.1. Facultad de disposición de su derecho de propiedad.
7.2. Facultad de resolver el contrato de aprovechamiento
7.3. Obligación de resolver el contrato suscrito con la empresa de servicios.
III. Técnicas de protección del adquirente
1. Información precontractual (art. 8 LAT)
2. Contenido mínimo del contrato (art. 9 LAT)
3. Anexos al contrato
3.1. Inventario
3.2. Las condiciones generales no incluidas en el contrato
4. La Lengua en que deberá redactarse el contrato y documento precontractual
5. Desistimiento y resolución del contrato
6. Prohibición de anticipos.
7. Régimen de préstamos a la adquisición
IV. Título constitutivo de los aprovechamientos por turnos
1. Significado
2. Relación entre el régimen de aprovechamiento y el régimen de propiedad horizontal.
3. Otorgante de título constitutivo
4. Requisitos previos para otorgar el título constitutivo
4.1. Necesidad de la inscripción de la conclusión de la obra o declaración de obra nueva
4.2. Solicitud de las licencias exigidas por la Ley
4.3. Garantías que el propietario deberá prestar en inmueble en construcción.
4.4. Suscripción de seguros
4.5. Contrato con la empresa de servicios
5. Circunstancias que ha de expresar el título constitutivo.
6. Inscripción.
V. BibliografíA
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